Los Consejos de Escuela serán los órganos principales de gobierno de estas dependencias. Los Consejos de Escuela se integraran por:
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El Director de la Escuela, como Presidente;
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El Secretario de la Escuela, como Secretario de Actas y Acuerdos;
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Seis representantes académicos de la Escuela, y
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Tres alumnos de la Escuela.
Los Consejos de Escuela tendrán las siguientes atribuciones:
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Elaborar y expedir las normas y disposiciones reglamentarias de aplicación particular relacionadas con la organización y funcionamiento técnico, académico y administrativo para la Escuela, de acuerdo con la normatividad universitaria vigente;
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Proponer al Consejo Universitario de Educación Media Superior, la creación, modificación o supresión de programas académicos;
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Aprobar los programas de desarrollo, docencia, investigación y difusión de la escuela;
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DEROGADA.
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Las demás que establezcan los ordenamientos aplicables
Integrantes del consejo de escuela 2020-2021: